REMATE de Departamento Desocupado en Congreso
- Estado del remate
- Vigente
- Base
- $ 940000
- Direccion
- Rodríguez Peña 330/36 UF‘ 24 p. 4° “45”
- Localidad
- Ciudad Autonoma de Buenos Aires
- Estado de Ocupación
- Desocupado
- Datos del remate
- Fecha y hora de remate
- 25/09/2018 11:30
- Fecha de publicación
- 03 septiembre 2018
- Lugar
- Salon de Remates del Poder Judicial
- Dirección
- Jean Jaures 545
- Localidad
- Ciudad Autonoma de Buenos Aires
- Condiciones
- Seña 30%, Comisión 3%, Sellado de Ley y Arancel 025%
- Exhibición24/09/2018
de 16:00hs. a 18:00hs.
EDICTOS:
El Juz. Nac. de 1° Inst. Comercial. 25, a cargo del Dr. HORACIO FRANCISCO ROBLEDO, Sec. 50 a mi cargo, sita en Callao n° 635, P4 CABA, comunica en autos “TECNO NOVA SAN PEDRO S.A. S/ QUIEBRA”, Exp. N° 25735/2011, que el Martillero Martin A. Corral Alonso Mazzoni, CUIT 20-25374762-6, T. 4373-7794, rematará el 25/09/18 a las 11:30hs en punto, en Oficina de Subastas Judiciales (Jean Jaures 545 CABA), el inmueble sito en calle Rodríguez Peña 330/36 UF‘ 24 p. 4° “45” de CABA, MAT 14-1979-24, Propiedad de Tecno Nova San Pedro SA CUIT 30-69321876-0. Es una oficina al contra frente que cuenta con dos despachos, una recepción y un pequeño baño; estado de conservación regular. Desocupado. Venta al Contado: en efectivo, al mejor postor, AD CORPUS, en el estado fisico en que se encuentra. BASE: $ 940.000.-, SEÑA: 30%, COMISION: 3%, Arancel Acordada 10/99 del 0,25%, sellado de ley, e IVA en caso de corresponder, todo a cargo del comprador. El saldo deberá depositarse dentro del 5° dia de aprobado el remate bajo apercibimiento del art. 580 CPCCN. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento del Art 133 CPCCN. El adquirente no deberá afrontar deudas del inmueble por expensas, impuestos, tasas ni contribuciones devengadas antes de la toma de posesión. Queda prohibida la compra en comisión y la ulterior cesión del boleto de compra venta. Los gastos de honorarios, sellados, impuestos y otros, incluso los de la parte vendedora, por la transferencia de dominio, inscripción registral, levantamiento de cautelares etc., estarán a cargo del comprador. Es inoponible cualquier incidente por parte de adquirentes sin previo pago de todo el precio de venta. El comprador deberá realizar la traslación de dominio antes de 60 dias desde la toma de posesión, bajo apercibimiento de aplicar astreintes del 0,50% diario del valor de compra. Los interesados deberán concurrir a consultar las constancias del expediente para tomar conocimiento de las condiciones de venta. Exhibición: 24/09/18 de 16 a 18hs. Publíquese por 5 dias en el Boletín Oficial. Buenos Aires, 30 de agosto de 2018.- FIRMADO: DR. FEDERICO H. CAMPOLONGO, SECRETARIO. HORACIO FRANCISCO ROBLEDO Juez – FEDERICO H. CAMPOLONGO SECRETARIO