El Régimen de Becas Estudiantiles del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 2917) tiene como objetivo garantizar el acceso, la permanencia, el reingreso y la promoción de los chicos, chicas y adolescentes
que cursan el nivel medio/secundario de gestión estatal en la Ciudad.
Duración: Un año lectivo, mientras se acredite la regularidad en la escuela, renovable anualmente si el estudiante puede justificar que se mantienen las condiciones que determinaron su otorgamiento.
Monto: Un salario mínimo vital y móvil, al 1° de enero del año lectivo en el que se otorga la beca ($9.500, al 1° de enero de 2018, según Resolución 3-E /2017 MTySS). Se paga en dos cuotas, durante el ciclo lectivo en curso (art. 15, Ley N°2917).
Requisitos para su otorgamiento:
- Integrar un hogar cuyo ingreso mensual resulte igual o menor a 1,5 del salario mínimo, vital y móvil.
- Concurrir a una escuela de reingreso.
- Encontrarse en situación de calle.
- Hallarse alejados/as de sus familias en hogares convivenciales o en otros tipos de programas de asistencia.
- Integrar un hogar con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI).
- Residir en un Núcleo Habitacional Precario o Transitorio.
- Ser padre o madre adolescente, o adolescente embarazada.
- Padecer discapacidad o enfermedad graves.
- Integrar un hogar con más de tres miembros en edad escolar, siempreque los ingresos del mismo resulten hasta un 50% por encima del 1,5 del salario mínimo, vital y móvil.
- Tener padre y/o madre privado de la libertad en el sistema penal, siempre que los ingresos de su hogar resulten hasta un 50 % por encima del 1,5 del salario mínimo, vital y móvil.
- Podés solicitar la beca dentro del periodo establecido entre los 15 días previos y los 15 días posteriores al
inicio del ciclo lectivo - Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa: 4342-7124
Lunes a Viernes de 9 a 17 hs. mail: becasciudad@bue.edu.ar – Bolívar 191-2° piso (CABA)