- Estado del remate: Vigente
- Base: $ 817000
- Direccion: COHELO de MEYRELLES 5992
- Localidad: Mar Del Plata
- Partido: Gral. Pueyrredon
- Provincia: Buenos Aires
- Estado de Ocupación: Ocupado
Datos del remate
- Fecha y hora de remate: 08/10/2019 10:30
- Fecha de publicación: 26 septiembre 2019
- Lugar: Salon de Remates del Poder Judicial
- Dirección: Jean Jaures 545
- Localidad: Ciudad Autonoma de Buenos Aires
- Condiciones: Seña 30%, Comisión 3%, Sellado de Ley y Arancel 025%
Exhibición:
03/10/2019 de 15:00hs. a 17:00hs.
04/10/2019 de 15:00hs. a 17:00hs.
EDICTOS:
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 31 a cargo de la Dra. Vivian FERNANDEZ GARELLO de DIEU-ZEIDE, Secretaria N° 61, a cargo de la Dra. Aimara DI NARDO sito en Montevideo 546 Piso 7° de Capital Federal, comunica por dos días en los autos. “RONDANO Daniel Emilio c/ RAÑA Blanca Mónica s/ Ejecuctivo Expte. Nº 18.070/2.016” que el Martillero Público Gustavo Martín FERNANDEZ ALVAREZ CUIT 20-21764755-0 (Cel. 154-0998264) Rematará el día 08/10/19 a las 10,30 hs. en punto, en Jean Jaures 545 Capital Federal siendo la exhibición los días 3 y 4/10/19 de 15 a 17 hs. El bien sito en la ciudad de Mar del Plata, Partido de Gral. Pueyrredón, Prov. de Bs. As. ¬Datos catastrales: lote 33 de la manzana C, Circ.:6, Sec.: A, Chacra: 3, Mza: 3¬C, Par.: 12 matrícula 258.995; propiedad de Blanca Mónica Raña (DNI 20.093.421). Designación s/plano: 45-40-145 como lote 33 de la manzana C (agreg. al F° 4833/47) Sup. s/ Títulos 927 mts. 24 dms. cdos. Según constatación obrante en autos a fs. 91 vta. Ciudad de Mar del Plata, Partido de Gral. Pueyrredón calle COHELO de MEYRELLES 5992, atendido por …….. quien manifestó ocupar el inmueble a préstamo gratuito el mismo se compone de living comedor, dos dormitorios, baño instalado completo, cocina instalada cuenta con luz eléctrica, agua de pozo y gas natural, en buen estado de uso y conservación. De acuerdo a las características medidas y linderos que surgen del título obrante en autos. Ad corpus en el estado físico y jurídico que se encuentra. BASE $ 817.000. SEÑA 30. COMISION: 3 + IVA. SELLADO DE BOLETO 1,2. Arancel Acord. 10/99 del 0,25. Todo a cargo del comprador. Hágase saber que, en caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa, el mismo no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente.Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de los autos, de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Para el caso de que el adquirente eventualmente plantease la nulidad de la subasta, deberá integrar el saldo de precio a las resultas del planteo, el cual será rechazado in limine”, ante la sola comprobación de la falta de tal recaudo. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Cpr., b) se le fija al comprador diez días para tomar posesión del inmueble, término que se contará desde la notificación, por ministerio de la ley, de la providencia que lo declara adquirente definitivo. A partir del vencimiento de ese plazo, o de la fecha de toma de posesión si esta fuere anterior, estarán a cargo del adqui-rente las deudas en concepto de impuestos, tasas y contribuciones. Respecto de las expensas comunes, se hace saber al peticionante que en caso de resultar insuficiente el producido de la subasta, las mismas deben ser soportadas por el adquirente, en tanto constituyen obligaciones ambulatorias que se transmiten con la cosa sobre la cual recaen, sin perjuicio del derecho a repetir que tendrá el comprador respecto del ejecutado en el supuesto de abonar las expensas recla-madas por el consorcio. Con respecto a los impuestos tasas y contri-buciones las mismas serán pagadas con el producido de la subasta y liberado el comprador de tales obligaciones si el precio obtenido resultare insuficiente. Se encuentran a cargo del adquirente las sumas que correspondan pagarse por impuesto a la transferencia y sellado, como así también todo gasto que resulte necesario para la inscripción dominial. En todos los casos en que por cualquier causa la aproba-ción de la subasta se efectúe transcurridos más de 30 días corridos desde la fecha de celebración del remate, el comprador deberá abo-nar al contado el saldo de precio con más los intereses –a partir de la fecha de la subasta y hasta el efectivo pago¬, que cobra el Banco de la Nación Argentina para operaciones ordinarias de descuento a treinta días- que la participación en el acto de subasta importará para el pos-tor el conocimiento de la totalidad de las constancias de la causa. No se acepta la compra “en comisión”, la cesión del boleto debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente con quien for-mule la oferta como comprador. De conformidad con lo dispuesto por el art. 570 del Cpr. y 104/6 del Reglamento del Fuero (Acordada del 13/12/89), hácese saber que se aceptarán ofertas bajo sobre las que deberán cumplir con los recaudos señalados por la última norma, lo cual se hará constar en los edictos a publicarse. No se acepta la compra “en comisión”, la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir el instrumento correspondiente con quien formule la oferta como comprador. De conformidad con lo dispuesto por el art. 570 del Cpr. y 104/6 del Reglamento del Fuero (Acordada del 13/12/89), hácese saber que se aceptarán ofertas bajo sobre las que deberán cumplir con los recaudos señalados por la última norma. A tal fín, hágase saber al martillero que deberá fijar la subasta en fecha que permita la recepción hasta las 9.30 hs. del día inmediatamente anterior al del remate, disponiéndose la apertura de los sobres que se reciban en audiencia pública a realizarse en el Juzgado a las 12,30 hs. del anterior al remate, a la que deberá concurrir el martillero personalmente para que se le haga entrega de la mayor oferta, la que servirá como base para recibir nuevas posturas, señalándose que le serán adjudicadas en caso de no ser mejoradas en el acto del remate. En el supuesto de igualdad de ofertas bajo sobre, prevalecerá la presentada con antelación. Adeuda a ARBA s/ fs. 161/166 $ 0,00 al 11/10/18; a Munic. de Gral. Pueyrredón s/ fs. 170/174 $ 1.711,52 al 24/10/18 Obras Sanitarias Gral. M.G.P. s/ fs. 157/158 $ 806,05 al 16/10/18. En la C.A.B.A. a los 28 días del mes de Agosto de 2.019. Para ser publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina por dos días. VIVIAN FERNANDEZ GARELLO DE DIEUZEIDE Juez – AIMARA DI NARDO SECRETARIA